El 17 de junio comienzan las devoluciones de IRPF para trabajadores dependientes
A partir del 26 de junio estará disponible el formulario de declaración jurada en línea
11.06.2024 | tiempo de lectura: 3 minutos
Como cada año, un número importante de contribuyentes tienen un crédito para cobrar sin necesidad de realizar la declaración jurada, el cual estará disponible a partir del 17 de junio de 2024 en redes de cobranza.
Los contribuyentes que ya le hayan comunicado a su banco la opción de devolución a través de la red bancaria tendrán disponible su crédito desde el 14 de junio y para verificarlo deben consultar a su banco o al sitio web de la Dirección General Impositiva ingresando con identidad digital en Servicios en Línea, Consultas, Consulta Detallada de Afiliación Bancaria.
Para conocer el monto de la devolución automática se puede ingresar con identidad digital a Consulta de Devoluciones en Servicios en línea y también podrá consultarse por la app de DGI o por Whatsapp al 098 134400.
A partir del 26 de junio los contribuyentes de IRPF e IASS tendrán disponible en el sitio web de la DGI el formulario de declaración jurada en línea con la información precargada correspondiente al año 2023.
Los contribuyentes de IRPF pueden realizar su declaración jurada con la información precargada de su actividad del año 2023 a través de la app de DGI o accediendo al portal de la institución, con la identidad digital.
Asimismo, el contribuyente puede autorizar a un tercero a realizar y enviar la declaración jurada en su nombre, a través del servicio de “Asignación de roles”.
Los trabajadores dependientes podrán confirmarla o modificarla, en caso de corresponder, de una forma sencilla y rápida.
Los trabajadores independientes, además, deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.
Estos trabajadores contarán también con un formulario en línea con datos precargados para la declaración jurada de IVA Servicios Personales, que tiene el mismo plazo de presentación que la declaración IRPF: del 8 de julio al 29 de agosto.
Este formulario en línea es una forma más rápida, eficiente y simple de confeccionar la declaración jurada, ya que cuenta con información precargada y actualizada, con base en lo informado por el contribuyente y por terceros.
Los jubilados y pensionistas que presenten declaración jurada tendrán en el sitio web de la DGI un formulario con todos los ingresos por pasividades y pensiones, y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. Estos datos no se pueden modificar. Solo se podrán agregar los créditos por alquiler. Para ingresar al formulario se requiere tener una clave. En caso de no tenerla, se obtiene en las redes de cobranza presentando la cédula. También se puede ingresar con la identidad digital.
Asimismo, el contribuyente puede autorizar a un tercero a realizar la declaración jurada en su nombre.
Los pasivos que se hayan jubilado por el régimen de AFAP deben presentar la declaración jurada de IASS del año 2023 si sus ingresos anuales superan los $ 881.055 o si, sin haber superado dicho importe, no presentaron el formulario 3800.
Si los contribuyentes tienen consultas sobre cómo completar el formulario en línea, podrán consultar telefónicamente al 1344 opción 4, en días hábiles en el horario de 8:00 a 17:00 horas.
Si el contribuyente desea ser asistido por DGI, puede agendarse por distintas vías: por Web, por Whatsapp al 098134400 o llamando al 151 desde Montevideo y 2151 desde el interior, en el horario de 10:00 a 16:00 horas. La agenda estará disponible a partir del 3 de julio.
A partir de fines de julio se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada. Luego de efectuados los controles correspondientes, podrán cobrarse las devoluciones en bancos o redes de cobranzas antes de fin de mes, siempre que la declaración jurada haya sido presentada antes del día 15. En los demás casos, se cobrará dentro del mes siguiente.
A partir del 26 de junio, la DGI brindará asistencia telefónica para presentar la declaración jurada vía web.