¿Cómo anotarse al registro No llame y dejar de recibir publicidad telefónica?

El 30 de abril entrará en vigencia el registro para elegir no ser contactado con llamadas comerciales o promocionales

28.04.2022 | tiempo de lectura: 2 minutos

Este sábado 30 de abril entrará en vigencia el registro No llame que permitirá a los usuarios de telefonía solicitar que no sea contactado con fines publicitarios, de oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados.

El registro, impulsado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (Miem), estará abierto a toda persona física o jurídica, consumidor o usuario de un servicio de telefonía móvil o fija que manifieste su voluntad de no ser contactado con llamadas comerciales o promocionales.

El decreto también permite penalizar el uso abusivo de campañas publicitarias que ofrezcan bienes, servicios, regalos o promociones de servicios que no fueron solicitados por el cliente.

Quien desee anotarse en el registro lo podrá hacer a través de la propia empresa de telefonía por tres vías diferentes:

– desde la página web de la compañía telefónica

– de forma presencial en los lugares que las empresas determinen

– por el SMS 6622, que estará habilitado a partir del lunes 2 de mayo para todas las compañías telefónicas

Los usuarios deberán ingresar su número telefónico o todos aquellos de los que sean titulares, a un registro que estará en la órbita de la Ursec. De esta manera, las compañías tendrán un plazo de cinco días hábiles para comunicar a la Ursec las nuevas altas del registro.

Las denuncias por incumplimiento también deberán realizarse ante el regulador, quien estará habilitado a aplicar sanciones.

La base de datos será para consulta exclusiva de las empresas que realicen campañas de marketing en forma directa o que lo hagan a través de Call Center, ya sean nacionales o extranjeros, que estarán obligadas a cotejar que los números a los que contactan no figuren en el registro No llame, informó el Miem en un comunicado.

La prohibición no se aplicará en aquellos casos en donde el usuario conceda su consentimiento, o cuando exista una relación contractual entre el titular del servicio y el prestador, siempre que el contrato refiera estrictamente a ese vínculo comercial.

El servicio abarcará tanto llamadas telefónicas como SMS, Whatsaap, Telegram o cualquier otra plataforma de mensajería, así también como para la telefonía fija.

 

Foto: Santiago Mazzarovich / adhocFOTOS.