Ejecutivo emitió el decreto para la apertura de fronteras, ¿cuáles son los requisitos?
Rige a partir del 1º de noviembre
28.10.2021 | tiempo de lectura: < 1 minuto
El Poder Ejecutivo emitió el decreto para la apertura de fronteras a partir del lunes 1º de noviembre.
Se detallan en el documento los requisitos que deben presentar aquellos extranjeros que deseen ingresar al país.
¿Quiénes podrán ingresar?
Los visitantes que acrediten haber recibido una o dos dosis (según corresponda en su país de origen) de la vacuna anticovid, que debió de ser suministrada dentro de los nueve meses previos al embarque.
Aquellos que hayan cursado la enfermedad (hasta 90 días antes del embarque) y presenten un test negativo de hasta 20 días previos al embarque.
Los extranjeros menores de 18 años.
Test ¿sí o no?
El decreto indica que no se deberá cumplir con ningún tipo de aislamiento, pero sí de debe presentar un test de resultado negativo (PCR o de detección de antígenos) con no más de 72 horas antes del inicio del viaje y en un laboratorio habilitado.
Si el ingreso es a través de transporte comercial de pasajeros deben realizarse el test previo al embarque en la compañía correspondiente. Si ingresan, al séptimo día deberán presentar un nuevo test.
Los menores de seis años no deberán realizarse el análisis.
Foto: Javier Calvelo/Adhocfotos