La Fiscalía condenó a la exdiputada nacionalista Valentina Dos Santos por usurpación de funciones, con penas alternativas a prisión.
La exdiputada Valentina Dos Santos concurrió a declarar ante Fiscalía en la noche de este miércoles y resultó condenada, por un delito de usurpación de cargo, a seis meses de prisión en la modalidad de libertad a prueba, con asignación de tareas comunitarias.
Luego de la audiencia, la exdiputada manifestó que se siente triste y dolorida por todo lo ocurrido, que se dedicó siempre a trabajar por el pueblo y por la gente, donde hizo cosas que van más allá de sus tareas como diputada por el afán de trabajar (...) para que los derechos de las personas no se transformaran en necesidades eternas.
"Muy triste y muy dolorida con todo esto. Todo lo que he hecho ha sido trabajar por mi pueblo y por mi gente. Y si hice cosas que van más allá de mis tareas como diputada fue simplemente con este afán de trabajar por mi pueblo. Yo quisiera decir también que durante todo este tiempo trabajé con dos conceptos básicos (…) que eran que iba a trabajar siempre para que los derechos de las personas no se transformaran en necesidades eternas. Y siempre dije también que los problemas de la gente no tenían un rótulo de nacionales y departamentales. Y es en esa forma que siempre trabajé junto al intendente", expresó.
Por su parte, el doctor Jorge Barrera, abogado de la exdiputada, explicó que lo que hizo su defendida fue excederse en sus funciones con la única intención de trabajar. En ese sentido, se llegó al acuerdo de un proceso abreviado, para no incurrir en un juicio. Por lo tanto, no está imposibilitada para ejercer ninguna actividad pública, opinó.
"Aquí lo que existió es clarísimamente un compromiso que asumió mi patrocinada con Artigas. Fue representante nacional, pero por el departamento de Artigas. Y por lo que todo lo que ha sido su trabajo, su desvelo, en pro de las soluciones que se había comprometido con la ciudadanía de Artigas, las cumplió. Si en alguno de esos excesos de horas, de tiempo, de trabajo, de coordinación con las tareas legislativas y con las tareas nacionales, existió ese mismo exceso en cuanto a las funciones que formalmente están reguladas en cuanto a la actividad legislativa, hoy se asumió el proceso abreviado a los efectos precisamente de no incurrir en un juicio".
La pena establecida no inhabilita para ninguna tarea pública, no inhabilita para ningún ejercicio de la actividad pública, aseguró el abogado. "No existe ninguna inhibición para ejercer ninguna actividad pública, porque así lo establece el Código Penal", sostuvo.
Escuchar el informe del corresponsal Germán Lecueder