Gobierno reglamentó Ley de Cuidados Paliativos
Los prestadores de salud deberán contar con unidades para atender a niños y adultos
09.10.2025 | tiempo de lectura: < 1 minuto

La ley 20.179 aprobada en 2023 declara el derecho universal a recibir atención de cuidados paliativos. Ahora, a partir de la reglamentación presentada este jueves por el Ministerio de Salud Pública, se definieron detalles para hacerla efectiva.
“Todos los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) y demás prestadores públicos deberán garantizar la atención de cuidados paliativos a las personas comprendidas en la Ley N° 20.179, conforme a lo establecido en la presente reglamentación”, señala el decreto.
Al respecto la ministra de Salud Pública Cristina Lustemberg informó que los cuidados paliativos "son un derecho que el usuario tiene que exigir y su prestador en menos de 48hs tiene que acercarse" con un equipo y acompañarlo.
"Los cuidados paliativos no son solo para acompañar el final de la vida. Son una parte esencial de una salud humana, que cuida, alivia y acompaña”, argumentó la ministra.
En el decreto se define conceptos como "agonía", "situación de últimos días", "fin de vida" y “deseo de adelantar la muerte (DAM).
Este último se refiere a la voluntad de un paciente adulto "de acelerar el proceso de su propia muerte, generalmente debido al sufrimiento intenso que puede ser de índole físico, psicológico, social o espiritual en el contexto de una enfermedad grave o incurable”.
En ese sentido, se indica que “todo paciente que exprese deseo de adelantar la muerte deberá ser valorado por el equipo bio-psico-social de la UCP (unidad de cuidados paliativos) o profesionales formados en la temática” y analizar la situación.
🏥Gobierno reglamentó Ley de Cuidados Paliativos | Los prestadores deben contar con unidades para atender a niños y adultos y garantizar el acceso en un período de hasta 48 horas hábiles. pic.twitter.com/9AzrufCIjy
— Noticias 5 (@5noticiasuy) October 9, 2025