Roselló: “Cambios en negociación colectiva no perjudican a los trabajadores”

Un proyecto aprobado con votos de la coalición de gobierno que tiene la oposición del Pit Cnt

09.09.2022 | tiempo de lectura: 2 minutos

En el año 2019, a través de la Ley 18.566, se modificó parcialmente la legislación sobre Negociación Colectiva, vigente desde 1943.

La iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo este año modifica algunos aspectos de la ley 18.566, atendiendo las demandas que el sector empresarial presentó ante el Comité de Libertad Sindical de OIT, recogidas por dicho organismo.

La diputada María Eugenia Roselló (Partido Colorado) presidenta de la comisión de Legislación Laboral y Seguridad Social de la cámara de Representantes, explicó en Informativo Uruguay que el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo “tiene muy pocos cambios del que presentó el gobierno de Tabaré Vázquez en 2019, que no llegó a tratarse en la anterior legislatura”.

El proyecto que se aprobó esta semana en comisión, con votos de los representantes de los partidos de la coalición multicolor y el rechazo de la representación del Frente Amplio, consta de cinco artículos y ratifica, en su primer artículo, el carácter de reservada de la información que deba intercambiarse por empresarios y trabajadores en el marco de la negociación colectiva.

Para llevar a cabo las acciones que se entienda necesaria en caso de que alguna de las dos partes incumpla el compromiso de la reserva, se entiende necesario que todas las organizaciones profesionales que negocien en este ámbito cuenten con personería jurídica.

A su vez, se establece en aquellas empresas donde no haya sindicato establecido, la negociación no será por rama, sino que la representación recaerá en los propios trabajadores del establecimiento, de acuerdo con la organización que se establezca por ellos mismos. “Legítimamente, serán los trabajadores que deciden cómo se representarán”, explicó Roselló. Desde el PIT CNT se entiende que esta modificación va en contra de la representación por rama de actividad.

Sin embargo, Roselló subrayó que “el proyecto favorece a los trabajadores en cada uno de los puntos”.

Paralelamente, el proyecto elimina la ultraactividad de los convenios colectivos. Desde la Central Sindical se rechaza este punto, dado que llevará a que cada ronda de negociación abra la discusión sobre todos los puntos incluidos en un convenio. “No se puede obligar a una empresa a mantener beneficios no salariales que se otorgaron a los trabajadores en otro contexto de actividad”, puntualizó la legisladora.

“La duración de los convenios corresponderá a las partes involucradas en la negociación”, explicó Roselló. De todas maneras, anunció que propondrá una modificación cuando este proyecto llegué al Plenario de Diputados, para que su aplicación no sea retroactiva, sino para todas las materias que se incluyan en convenios de aquí en adelante.

Esta iniciativa será tratada en la cámara de Diputados en una de las primeras sesiones de octubre.

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Foto: Mauricio Zina/ adhocFOTOS.