Rotulado frontal de alimentos: hay datos de más de 12.000 productos

Las galletas y galletitas presentaron un 47% de incumplimiento

12.01.2022 | tiempo de lectura: < 1 minuto

El Ministerio de Salud (MSP) informó recientemente cómo ha avanzado la legislación del rotulado de alimentos que rige desde el decreto de 2018.

La normativa exige que haya un rótulo cuando el contenido de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas exceda los valores establecidos.

“La mayoría de los consumidores invierten menos de diez segundos seleccionando cada artículo, es aquí donde el rotulado frontal toma relevancia, facilitando el proceso de selección de alimentos, para reducir el consumo de alimentos con octógonos”, dice el MSP y destaca que desde 2019 se está trabajando en el desarrollo de estrategias para la implementación, monitoreo y fiscalización.

Se inició una base de composición nutricional de productos, con apoyo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y en coordinación con la Intendencia de Montevideo. Esta base de datos permite realizar una fiscalización de los productos y cuenta con datos de 12.140 productos, informó el MSP.

Se priorizaron los consumidos por población infantil: galletitas, bebidas sin alcohol, productos de copetín, helados, hamburguesas, postres de leche y gelatinas, salsas y aderezos, salchichas tipo frankfurters, cereales de desayuno y polvos para preparar refrescos.

Doce intendencias se comprometieron a realizar el proceso de fiscalización. Hasta ahora, nueve han enviado datos de fiscalización en puntos de venta. Cada intendencia tiene asignado un grupo de alimentos, dentro de los priorizados a fiscalizar, detalló el MSP.

“Se identificaron un total de 307 alimentos que no contaban con octógonos. Las galletas y galletitas presentaron un 47% de incumplimiento, estando los datos de composición nutricional en la base”, informó.