Proyecto de Cabildo Abierto sobre deudas de personas físicas regresó a comisión del Senado

Tras haber sido aprobado en primera instancia

08.11.2022 | tiempo de lectura: 2 minutos

Tras haber sido aprobado en primera instancia el Senado finalmente devolvió a Comisión el proyecto de Cabildo Abierto sobre reestructuración de deuda de las personas físicas.

En un hecho particular, el proyecto de ley fue aprobado por 9 de 16 legisladores de la coalición presentes en cámara contando con el apoyo, además de tres senadores cabildantes, de los nacionalistas Carlos Camy, Sebastián Da Silva, Juan Sartori y Graciela Bianchi, así como los colorados Pablo Lanz y Germán Cardoso.

La iniciativa que había sido cuestionada por parte de varios legisladores de oficialismo y oposición como los senadores José Carlos Mahía y Alejandro Sánchez del Frente Amplio, o Gustavo Penadés del Partido Nacional fue reconsiderada aproximadamente una hora después de su aprobación inicial.

Ante el pedido de la oposición y en ese caso si con mayoría sobre el total de integrantes del Senado finalmente se acordó que el tema será re analizado.

La semana pasada el proyecto había sido aprobado por unanimidad en la Comisión de Constitución y Legislación.

En el texto se proponen mecanismos para resolver las deudas contraídas por hombres y mujeres que se ven imposibilitados de cumplir con sus obligaciones.

El proyecto

Como primera etapa, se establece un procedimiento conciliatorio entre el deudor y el acreedor ante Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas. Se podrán acordar los mecanismos de pagos de la deuda, que en ningún caso podrá ser superior al 40% de los ingresos mensuales.

Si no hay acuerdo en el ámbito administrativo, la reestructuración de la deuda se traslada a la órbita judicial. Un juez analizará la situación económica de la persona, quien deberá presentar en un plazo de diez días una propuesta de pago.

En ningún caso la propuesta de la Justicia podrá ser inferior al pago de 40% de la deuda y en ningún caso las cuotas de pago podrán superar el 30% de los ingresos mensuales del deudor.

(Información actualizada)