Decretos del Poder Ejecutivo buscan aliviar problemática de las agencias de viajes

Se adoptaron dos resoluciones en las últimas horas para atender a este sector afectado por la pandemia

13.05.2022 | tiempo de lectura: 2 minutos

El presidente de la república firmó dos decretos para paliar los efectos económicos que sufrieron a las agencias de viajes y a las empresas de transporte turístico a raíz de la emergencia sanitaria.

Uno de los decretos suspende de forma excepcional la obligación de las empresas de transporte turístico de presentar garantía de funcionamiento ante el Ministerio de Turismo, ya sea al tiempo de la pre inscripción o de la renovación, para el período comprendido entre el 1º de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2023, siempre que, en este último caso, tengan la garantía vigente al 31 de mayo de 2021.

Está firmado por el presidente de la república, el ministro de turismo, el ministro de transporte y obras públicas y el ministro de trabajo y seguridad social.

Este decreto argumenta que varios sectores de la economía, entre ellos el sector turístico, se vieron significativamente afectados por la emergencia nacional sanitaria declarada a raíz de la pandemia de Covid 19 y que la misma ha castigado fuertemente al sector turístico, siendo en algunas etapas de la emergencia sanitaria muy poca la actividad y en algunos casos casi nula.

Esto deja sin efecto por ese lapso el decreto del año 2015 que establece que al momento de la preinscripción las empresas deberán presentar garantía de funcionamiento, la que podrá constituirse mediante seguro de fianza, aval bancario o títulos de deuda pública, y que esta garantía deberá cubrir la suma que en cada caso se indicará en función de la facturación en el período anual inmediato anterior.

El otro decreto adecua exclusivamente por el período que va de junio de 2022 a 31 de mayo de 2023, el monto de la garantía de funcionamiento de las agencias de viajes que se había establecido en el Decreto N° 268/015, de 5 de octubre de 2015, y fija nuevas franjas por vía excepcional y para el próximo período de renovación.

El decreto, que lleva la firma del presidente Lacalle Pou y los ministros de Turismo y Trabajo y Seguridad Social, considera que varios giros, entre los que se encuentra el Turismo, se han visto perjudicados a raíz de la pandemia de Covid 19 y que resulta necesario y conveniente adecuar por un año (1º de junio de 2022 a 31 de mayo de 2023) el monto de la garantía de funcionamiento de las agencias de viaje, estableciéndose, por vía excepcional y para el próximo período de renovación, nuevas franjas.

Según el Decreto N° 268/015, de 2015, que reglamenta una Ley N° del año 2014, en lo relativo a la regulación de la actividad turística realizada por las “Agencias de Viajes”, las mismas deberán presentar garantía de funcionamiento, la que podrá constituirse mediante seguro de fianza, aval bancario o títulos de deuda pública y estará vigente desde el I o de junio hasta el 31 de mayo del año siguiente

Texto: Magela Camelo – Canal 5 Noticias

Foto: Nicolás Celaya – Adhoc Fotos