Experto afirma que es posible un plebiscito para derogar la ley de reforma previsional

A pedido del Pit Cnt, el abogado José Korzeniak, realizó un informe sobre las posibilidades que tiene la central sindical para dejar sin efecto la norma

09.05.2023 | tiempo de lectura: 4 minutos

El Pit Cnt se reunió con una delegación del Frente Amplio para analizar la postura que tomarán con respecto a la ley de reforma de la seguridad social.

Durante la reunión, la central sindical presentó a los dirigentes frenteamplistas el informe del abogado José Korzeniak que analiza las posibilidades para derogar la norma.

Tras la reunión, desde el FA explicaron que el objetivo del encuentro fue “intercambiar” miradas con el Pit Cnt y aseguraron que llevarán a cabo “una discusión interna” para evaluar si tomarán alguna medida o no. En cuanto a la decisión, indicaron que los caminos entre la central sindical y el Frente Amplio “son independientes”.

La intención del informe realizado por Korzeniak es considerar la posibilidad de impugnar la normativa mediante “mecanismos de democracia directa”, algo que la oposición también evaluará.

En cuanto al recurso de referéndum contra las leyes, mencionado en el art. 82 de la Constitución, Korzeniak asegura que es “inviable” ya que se excluye de esta posibilidad a las “leyes que establezcan tributos” y a aquellas “en que la iniciativa sea privativa del Poder Ejecutivo”.

Precisamente, explica el experto, la última frase del art. 86 establece que “la iniciativa para la creación de empleos, de dotaciones o retiros, o sus aumentos, asignación o aumento de pensiones o recompensas pecuniarias, establecimiento o modificaciones de causales, cómputos o beneficios jubilatorios corresponderá, privativamente, al Poder Ejecutivo”.

“Basta leer estos textos, para concluir sin lugar a duda alguna, que no es procedente el recurso de referéndum contra esta ley llamada de reforma de la seguridad social”, sostuvo Korzeniak.

Por otra parte, la iniciativa popular de leyes también prevista en la misma ley “tampoco es procedente” de acuerdo al abogado, “ya que las exclusiones de dicha procedencia se aplica a esos institutos”, es decir al referéndum y a la iniciativa popular. En ese sentido, expresó que “resulta muy claro” que este mecanismo no es constitucionalmente posible para esta ley.

Por lo tanto, de acuerdo a Korzeniak “el único procedimiento” de democracia directa constitucionalmente posible para derogar, anular o modificar la ley motivante de la consulta, “sería el de enmienda constitucional”.

Según dijo, existen cinco procedimientos para reformar la Constitución, regulados por el art. 331 de la misma. “De ellos, el único factible –dada la actual composición política del Parlamento- sería el de “iniciativa del diez por ciento de los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional, presentando un proyecto articulado que se elevará al Presidente de la Asamblea General, debiendo ser sometido a la decisión popular, en la elección más inmediata” (art. Citado, apartado A)”.

Korzeniak aclaró que de acuerdo a la Constitución, “la Asamblea General, en reunión de ambas Cámaras, podrá formular proyectos sustitutivos que someterá a la decisión plebiscitaria, juntamente con la iniciativa popular”.

Y agregó: “En el último párrafo del apartado C) de este artículo 331, se establece que la iniciativa popular se someterá a plebiscito en las más próximas elecciones sólo cuando haya sido presentada con seis meses de anticipación por lo menos, a la fecha de esas elecciones”.

Explicó que, en el mismo párrafo, sólo se exige una antelación de tres meses para un eventual proyecto sustitutivo de la Asamblea General.

Korzeniak expresó que este informe “es jurídicamente descriptivo y no supone impulsar políticamente ninguna decisión”.

Acciones

En tanto, el presidente del Pit Cnt, Marcelo Abdala, explicó que el objetivo que tienen es “desarrollar todas las consultas jurídicas” para evaluar qué movilización realizarán en oposición a la ley de reforma de la seguridad social.

“Este martes el Secretariado va a considerar el informe de Korzeniak y se abre un proceso de decisión que va a adoptar el Pit Cnt, que naturalmente no solamente va a involucrar al Secretariado, sino a las filiales, a la Mesa Representativa, es decir, los organismos en los que el Pit Cnt no resuelve sus orientaciones y su forma de acción sindical”, informó Abdala.

De acuerdo al estudio de Korzeniak, la única forma que tienen para que no se lleve a cabo la reforma es realizar una enmienda constitucional, en donde uno de los mecanismos es juntar las firmas correspondientes al 10% del padrón electoral del país. Esas firmas deben ser entregadas a seis meses de la próxima elección nacional.

“Vamos a desarrollar una discusión con todas las dimensiones, las aristas de lo que involucra una decisión de este tipo, pero las exigencias que implica este camino son muy menores a las que nosotros estuvimos en condiciones de resolver en el caso de la Ley de Urgente Consideración en donde llegamos a juntar 800.000 mil firmas”, indicó Abdala.

Y aclaró que aún no hay una resolución sobre el tema por parte del Pit Cnt.

Por su parte, desde la delegación del Frente Amplio aseguraron que “no descartan ninguna acción”, entre ella la consulta popular.

“Vinimos a conversar con la central sindical, a recibir algunos insumos de parte de ellos, intercambiar miradas”, dijeron desde el Frente Amplio. Y aseguraron que llevarán a cabo “una discusión interna” para evaluar si tomarán alguna medida o no.

“Vamos a informar en la mesa política de hoy y el Frente Amplio empezará un proceso de discusión”, indicó la delegación de la oposición a la salida de la reunión con el Pit Cnt.

En cuanto a la decisión indicó que los caminos entre el Pit Cnt y el Frente Amplio “son independientes”. “Cada uno de nosotros tenemos un espacio de discusión orgánico, estructural y hemos venido a escuchar”, dijo. Y sostuvo que evaluarán qué medida tomarán una vez que se reúna toda la mesa política del FA.