Fiestas y eventos: sin baile, con «oficial de cumplimiento» y barras de bebidas afuera
La Dirección General de Salud emitió recomendaciones para su realización con 30% de su aforo y hasta 80 personas en salones cerrados
04.08.2021 | tiempo de lectura: 2 minutos
La Dirección General de Salud del Ministerio de Salud Pública (MSP) elaboró un documento que establece recomendaciones para la realización de fiestas y eventos en el marco de la pandemia por covid-19.
Todos los establecimientos habilitados para fiestas y eventos están autorizados a realizar eventos sin instancias de baile. Además, se requiere que hayan «oficiales de cumplimiento» para controlar las medidas dispuestas.
Quienes hayan estado en contacto con personas con diagnóstico de covid-19 positivo o presenten síntomas, no podrán asistir.
Quedará a criterio de los organizadores la medición de la temperatura corporal o la solicitud del estado de inmunización de la persona.
Se deberá disponer de un listado con nombre y teléfono de los asistentes al evento.
Respecto a las condiciones e higiene del lugar, los locales podrán recibir el 30% de su aforo, con hasta 80 personas en salones cerrados y hasta 100 personas en espacios exclusivamente abiertos.
Además, se señala que en espacios cerrados se debe ventilar permanentementea y si eso no fuera posible, cada 20 minutos deberá garantizarse la ventilación o contar con equipos con sistemas de aire.
Los eventos podrán tener una duración máxima de 4 horas y queda prohibido el fraccionamiento de un evento en dos o más partes.
Los baños deberán disponer en forma permanente de papel higiénico, jabón líquido y/o alcohol en gel y toallas de papel descartables. También deberán establecer su aforo máximo asegurando distanciamiento mínimo de 2 metros.
Los lugares de ingreso y áreas comunes deben contar con dispensadores de alcohol.
Si concurren personas mayores de 65 años o que presenten comorbilidades, deberán disponer de un espacio especial.
Se autorizan los servicios buffet, salad bar y mesas de postres atendidos únicamente por el personal, sin compartir implementos.
No se autoriza el servicio de lunch o similar sobre las mesas, ni transitar o circular con bandejas y se recomienda que los platos principales sean servidos directamente en las mesas a cada uno de los invitados, por parte del personal.
Las barras de bebidas deberán ubicarse en espacios exteriores o carpas abiertas por sus cuatro lados.
En los espectáculos artísticos la distancia entre artistas y público debe ser de al menos 3 metros. Si el espectáculo incluye canto, esta distancia se debe incrementar a 5 metros. La duración no deberá superar los 90 minutos y los asistentes deben permanecer en sus mesas.
Respecto a las medidas de protección y autocuidado se requiere: guardar distancia física de 2 metros, usar mascarilla facial, lavarse o desinfectarse las manos y utilizar medidas de higiene respiratoria al toser o estornudar.
Las mesas de los salones son el único mobiliario habilitado y deberán ubicarse respetando la distancia de 2 metros y podrán tener un máximo de 8 personas.
Foto: Javier Calvelo – Adhoc.