Gobierno fue intimado a presentar «amplio detalle» de vacunas contra el covid

El ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, debe responder este jueves a 18 preguntas formuladas por el juez Recarey

06.07.2022 | tiempo de lectura: 5 minutos

La Justicia intimó a Presidencia de la República y al Ministerio de Salud Pública (MSP) a presentar un «amplio detalle» del contenido de la vacuna Pfizer pediátrica de referencia o expresar si la confidencialidad alcanza a ese punto. A su vez, en el acta judicial difundida por el Poder Judicial se expresa que no se alcanza a “comprender la razón por la cual no podría tenerse acceso”.

Este miércoles concurrieron como testigos los médicos especialistas en pediatría, Carlos Zunino y Gustavo Giachetto, quienes afirmaron que el prospecto de la vacuna Pfizer contra el covid-19 “contiene absoluta totalidad de los componentes de los inyectables”.

“Paralelamente, es dable suponer que en la contratación de las compras de estas vacunas ha de haberse especificado la totalidad del contenido con detalle. Por lo que se pone en cuestionamiento que no se haya tenido acceso a la información contenida: “Por ende, se sigue que en este punto la evidencia contractual habría cobrado estado público. No alcanzándose a comprender la razón por la cual no podría tenerse acceso, cuanto menos estrictamente lo que hace a este punto, a lo estampado en los contratos de compras de las vacunas”, señala el acta judicial.

La audiencia fue prorrogada para este jueves a las 9 de la mañana, cuando se recibirán las alegaciones de las partes. Hasta ese momento, el ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, tiene plazo para responder a las siguientes 18 preguntas:

1. Más allá de toda reserva contractual, ¿se hicieron por parte del Estado uruguayo estudios independientes de la información provista por sus fabricantes, que verifiquen la seguridad y efectividad de las sustancias vacunales en dación en Uruguay? ¿Se recurrió también a estudios independientes internacionales?

2. Partiendo de la reserva relativa a la composición de las sustancias vacunales, ¿cómo se hicieron, si se hicieron, los controles de identidad y calidad de cada partida de vacunas importada, una por una, a medida que iban llegando a nuestro país? En caso positivo, detalle -sintéticamente- cantidad de análisis y metodología.

3. ¿Fueron y son iguales todas las partidas de vacunas que se inyectan? Fundamente si su respuesta nace de un efectivo conocimiento de sus componentes, o no.

4. ¿Por qué razón se administraron distintos tipos y marcas de vacunas, a distintas franjas o estamentos poblacionales (por ej. etáreas, para policías, personal sanitario, menores, etc.?

5. ¿Hay criterios de apreciación diferencial acerca de la efectividad y seguridad para las distintas marcas (Pfizer, Sinovac o Coronavac)?

6. ¿Qué vacuna se inyecta a los menores, y cuales son los criterios científicos comprobados que llevan a preferirla a otras?

7. ¿Hizo el MSP un seguimiento de vacunados y de un grupo de control de no vacunados para conocer tasas de infección, reinfección y muerte en ambos grupos, obteniendo datos de valor estadístico y generalizables? En caso positivo ¿cual fue, dónde puede examinarse, quien y cómo lo hizo?

8. Sabido es ya que las vacunas, o algunas de ellas, contienen la denominada “proteína espiga ( Spike )”. ¿Le consta a Ud. si su inoculación tiene efectos adversos -a corto, mediano y largo plazo- sobre la estructura del sistema inmunitario natural de las personas (en general y en especial en los niños)? ¿Genera riesgo de autoinmunidad?. En caso de que le conste que carece de efectos negativos, ¿en base a qué estudios? Si se hubieran analizado estudios al respecto por el MSP (o cualquier otra autoridad sanitaria nacional), ¿cuáles fueron éstos en concreto, cuál su procedencia y quiénes sus autores?

9. ¿Le consta si la “proteína espiga ( Spike )”, tiene de por sí algún nivel de toxicidad? En caso de que le conste que no, ¿en base a qué informaciones?

10. ¿Es el Covid-19, SarsCov-2, una enfermedad definible como alta o significativamente agresiva para los niños? ¿Les causa, promedialmente, efectos graves? ¿O hay predominancia de efectos leves en la población infantil? De afirmarse gravedad estadística en los antedichos efectos, ¿en base a qué estudios se lo hace?

11. ¿Se ha estudiado, a nivel estatal nacional, la correlación entre la ocurrencia de la enfermedad y la vacunación, en los casos de afectados ya vacunados? Esto es, contagio, y desarrollo de la enfermedad en dichas hipótesis.

12. ¿Crecieron los casos de Covid-19 en menores de edad -de cualquier nivel de gravedad que fuere- luego de la vacunación, en relación a los que se hubieran verificado antes (para la misma franja etárea, claro está), en el período que corrió desde la vigencia inicial de la emergencia sanitaria del año 2020, y el comienzo de las inoculaciones a menores? ¿En el caso de que luego de las vacunaciones a menores se hubiera reportado un aumento de casos en ellos, se han estudiado las causas? ¿Cómo?

13. El proceso de vacunación durante la vigencia de una epidemia, ¿aumenta la variabilidad de las mutaciones en las proteínas de los virus? ¿Perjudica de algún modo la reacción natural del sistema inmune de los inoculados, especialmente los menores?

14. ¿Se ha estudiado si, en el caso de las vacunas suministradas en Uruguay, se han seguido los protocolos usuales de ensayo a tres años con grupos de control? ¿Le consta a Ud que la empresa Pfizer, en relación a la vacuna que se suministra a menores en Uruguay, haya eliminado sus grupos de control? ¿O evitado de la forma que fuere su implementación y desenvolvimiento?

15. De resultar de la respuesta a la pregunta anterior que no se hayan analizado, con los debidos protocolos de seguridad, los efectos de las vacunas, ¿podría sostenerse técnicamente que la vacunación implica un factor de riesgo, aún riesgo relativo? ¿O no (y en su caso por qué)?

16. ¿Le consta la existencia de informes internacionales, como por ej. los del VAERS (u otros), que reporten muertes o efectos secundarios graves -en cualquier edad- vinculados a las vacunas que se suministran en Uruguay? En caso positivo, ¿han sido estudiados por el Estado uruguayo? ¿A qué nivel, por quien y con qué resultados?

17. ¿Se han estudiado en Uruguay las evidencias que permitan concluir que la vacunación contra el Covid-19 en menores, les produce más beneficios que riesgos? En caso positivo, ¿a qué nivel, por quien y con qué resultados?

18. ¿Estudió el Estado uruguayo el informe del “Comité de Farmacología y Terapéutica de la Sociedad Uruguaya de Pediatría”, de fecha 9.XI.2021 (y fimado por siete docentes universitarios), que apuntaba a los riesgos de la vacunación en menores de 12 años de edad? En su caso, ¿qué razones científico-técnicas habrían llevado al MSP a su descarte (en la práctica)?

En un comunicado, el Ministerio de Salud Pública (MSP) informó este miércoles los fundamentos que usó en la instancia judicial donde se le pidió información sobre las vacunas contra covid-19. Para la cartera, hay falta de imparcialidad del juez «por haber dado su opinión previa respecto a la misma temática». Además, la cartera cree que la demanda fue presentada fuera de los plazos previstos por la ley de amparo.

«El Poder Ejecutivo en todo momento actuó salvaguardando y protegiendo los derechos humanos, defendiendo la libertad de los padres, adultos responsables de menores de edad y adolescentes con autonomía progresiva de la voluntad, de ser vacunados si así desean», argumentaron los abogados del MSP.

«Las vacunas fueron aprobadas y registradas a nivel nacional. Las vacunas son eficaces y seguras, lograron disminuir la mortalidad y los contagios, son un mecanismo para proteger la vida, la salud y la integridad de las personas, fueron aprobadas y suministradas por el organismo competente», agregaron.

«El Ministerio de Salud Pública garantiza a la población, como lo ha hecho hasta el momento, que su principal objetivo es y será proteger los derechos humanos, asegurando una prestación de calidad en cuanto a los servicios de salud, accesible para todos los habitantes», finaliza el comunicado.