Por 10 votos en 15, la CESS aprobó informe de recomendaciones para la reforma

El documento será remitido a Presidencia y al Parlamento la semana que viene

12.11.2021 | tiempo de lectura: 4 minutos

Sin los votos del Frente Amplio, el Pit – Cnt y la Organización  Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay (Onajpu), la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS) aprobó el informe con 14 recomendaciones para elaborar un proyecto de reforma de la seguridad social.

De esta manera, la CESS dio por culminado su trabajo, que comenzó el 5 de noviembre del año pasado.

Las recomendaciones se presentarán la próxima semana a la presidencia de la Asamblea General y a la prosecretaría de Presidencia de la República.

A partir de ahora, los pasos a seguir son la elaboración de un proyecto de ley por parte del Poder Ejecutivo y su posterior debate en el Parlamento.

El informe, que será remitido a los poderes Ejecutivo y Legislativo en los próximos días, se basa en el documento elaborado por nueve miembros de la Comisión y que fue presentado a todos sus integrantes el pasado 5 de octubre.

La semana pasada la Mesa Política del FA emitió una declaración de rechazo a la forma de trabajo para la elaboración de dicho documento, que dejó afuera a sus representantes, y marcó discrepancias con el contenido plasmado.

Desde la oposición fundamentaron el voto negativo en que en el informe final no hay variaciones sustanciales “ni en los contenidos de las propuestas ni en los postulados en los que éstas se basan en relación al documento consensuado por los nueve miembros representantes del oficialismo”.

En el comunicado divulgado este viernes luego de su última sesión plenaria, la CESS señala que “se tuvo en consideración también el aporte presentado por el Pit-Cnt a título de insumo para el proceso de discusión de la reforma y el documento con propuestas que presentaron en la discusión parlamentaria de la última Rendición de Cuentas”.

Además, dice, “se tuvieron presentes los intercambios durante el proceso de diálogo social realizado desde noviembre de 2020 hasta el presente”.

Estas son las recomendaciones aprobadas:

  1. Establecer un régimen uniforme o igualitario. La principal recomendación en este sentido es que todos los nuevos trabajadores que ingresen al mercado de trabajo, cualquiera sea el sector de actividad en que se desempeñen, se incorporen con las mismas reglas (régimen mixto).
  2. Los cambios paramétricos que se recomiendan aplican a todos los regímenes, cualquiera sea la entidad gestora. Los cambios recomendados en cuanto a extensión de la vida laboral, tiempo mínimo de aportación, cómputos fictos por cuidados -tanto los vigentes como los que se proponen- y fórmula de cálculo de los beneficios, aplicarían a todos los regímenes.
  3. Se recomienda la extensión de la vida laboral mediante estímulos incorporados en la fórmula de cálculo de los beneficios y el cambio de la edad mínima jubilatoria en todos los regímenes. Se propone elevarla, a razón de un año por generación. Se plantean dos opciones: iniciar el proceso a partir de las personas nacidas en 1967 o 1971, con lo que se alcanzaría la edad de 65 años para los nacidos en 1971 o 1975, respectivamente. La opción por un escenario u otro implica diferente dinámica de contención y reversión de la trayectoria al alza del nivel de gasto público previsional.
  4. Las prestaciones del pilar 1 a cargo del BPS y demás entidades públicas previsionales se liquidan a partir de un salario de referencia (sueldo o haber básico jubilatorio o de retiro). En la normativa vigente se calcula sobre la base del último salario, del promedio de los últimos tres, cinco o diez años de aportación o de los veinte o treinta mejores años. Se recomienda, a partir de la vigencia de las nuevas reglas, determinarlo para todos los regímenes en base a los 300 mejores meses de aportación, actualizados por Índice Medio de Salarios.
  5. Se recomienda incorporar en la arquitectura del sistema un procedimiento de ingreso mínimo garantizado mediante el cual se suplementa las asignaciones de jubilación y pensión vía la asignación de recursos de fuente fiscal. Este complemento varía en función de las prestaciones que obtengan quienes se jubilen: quienes hayan tenido historiales laborales más discontinuos y con menores sueldos, recibirían un mayor aporte, producto del esfuerzo tributario de la sociedad.
  6. El procedimiento de transición que se recomienda aplica la regla de proporcionalidad: reconoce los derechos en curso de adquisición, entre el tiempo aportado en el régimen que se sustituye y el que se aporte en el régimen que se propone, con un rango de entre 5 y 10 años para el inicio de la aplicación de las nuevas normas.
  7. Se recomienda acotar los retiros obligatorios en el servicio de retiro militar al personal estrictamente militar y con requisitos de edad mayores a los aprobados en la reforma de 2018. En los demás parámetros, se recomienda aplicar a estos funcionarios los parámetros del régimen general, conforme las reglas de convergencia indicadas.
  8. Una vez culminados los procesos de convergencia y de transición, todos los uruguayos tendrán un régimen jubilatorio diseñado sobre la base del principio de igualdad. Progresivamente, se irá disminuyendo la incidencia de las viejas reglas e incrementándose la incidencia de las nuevas. Es un procedimiento de transición particularmente lento, que podría requerir ajustes en ciertos casos (por ejemplo, Caja de Profesionales) o si se dilatara la toma de decisiones.
  9. Sin perjuicio de lo indicado, en cuanto a la unificación gradual de parámetros, no puede desconocerse la existencia de actividades de naturaleza tal que pueden requerir tratamientos diferenciales a título de excepción, tal como ha sido tradición, por ejemplo, mediante bonificaciones de servicios de ciertas actividades que se ha entendido lo justificaban. Para ello se requiere un sólido fundamento y una relación de proporcionalidad entre el fundamento y el tratamiento diferencial y su correspondiente financiamiento.
  10. A efectos de obtener lo mejor de vidas más extensas, se recomienda un conjunto de medidas que habiliten que, conforme sus preferencias, las personas puedan compatibilizar trabajo y jubilación, ya sea mediante una redefinición de retiro parcial o mediante la habilitación del cúmulo de trabajo y jubilación
  11.  En materia de pensiones no contributivas no se proponen modificaciones.
  12. Se recomienda un conjunto de modificaciones tendientes a mejorar la eficiencia en la administración de los fondos del pilar de ahorro individual. Por un lado, se propone considerar modificaciones de diseño para contener y reducir las comisiones por administración y estimular la competencia de mercado y, por otro lado, se recomienda la incorporación de nuevas opciones de inversión que propicien mejores rentabilidades.
  13. Existe suficiente evidencia -recogida en el Informe de Diagnóstico- de que es necesario que exista una entidad que ejerza la superintendencia de todo el sistema, razón por la que se está proponiendo la creación de una unidad reguladora, en base a los criterios de independencia aplicables a este tipo de entidades y dentro el marco constitucional vigente.
  14. La reforma que se recomienda tendrá efectos en el mediano y largo plazo. Durante la actual y próxima administración los efectos serán nulos y apenas perceptibles, respectivamente. Es consecuencia de una transición que respeta los derechos adquiridos y reconoce plenamente los derechos en curso de adquisición. En cuanto a la trayectoria del nivel de gasto público previsional, se contiene y revierte su tendencia alcista, conforme el objetivo de no trasladar más exigencias de financiamiento hacia las próximas generaciones.