Trabajadores de plataformas contarán con “garantías mínimas” en lo laboral

El oficialismo pretende dar media sanción este martes en Diputados el proyecto que refiere a la tutela del trabajo desarrollado mediante plataformas digitales en servicios de reparto y transporte

16.07.2024 | tiempo de lectura: 2 minutos

Se trata de un proyecto del año 2022, presentado por el Ministerio de Trabajo, que procura establecer “niveles mínimos de protección”, ya sea a trabajadores autónomos o dependientes. Precisamente, la iniciativa admite “la posibilidad de que la vinculación entre las plataformas digitales y las personas que presten trabajo” podrá ser tanto en calidad de independientes o autónomos.

Esa controversia “seguirá dirimiéndose, como hasta ahora, en la justicia”, explicó a Informativo Uruguay el diputado nacionalista Pedro Jisdonián, miembro informante sobre este tema. Cabe recordar que hay decenas de fallos judiciales que han dictaminado la existencia de una relación de dependencia entre Uber y los choferes que trabajan para esa plataforma. “En este proyecto no se desconoce ninguna de las dos posibilidades de relación laboral”, subrayó el legislador.

La iniciativa cuenta con el respaldo de los partidos de la coalición, pero no del Frente Amplio, cuya bancada presentó otro proyecto (“protección laboral de los trabajadores de las plataformas digitales”), también en 20922, que no prosperó.
El texto a consideración de Diputados, establece para los trabajadores independientes, la cobertura frente accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y la inclusión en el régimen de seguridad social como monotributista o similares. Además, se establece que los trabajadores autónomos tendrán libertad sindical, así como de negociar colectivamente, pudiendo celebrar acuerdos colectivos que regulen aspectos más favorables que los propuestos.

Para los dependientes, se define el tiempo de trabajo desde el momento del acceso a la plataforma mediante el código personal de cada trabajador, y establece la posibilidad de que la remuneración del trabajador puede ser fijada tanto por tiempo de trabajo, producción o destajo. El trabajador “no podrá prestar tareas que superen las 48 horas semanales para una misma plataforma digital”. A su vez, limita los descuentos de salario, exceptuando todo lo que tenga que ver con la propia actividad.

En cuanto a las herramientas de trabajo, el proyecto establece que podrán ser provistos total o parcialmente por la plataforma digital, sin que esto sea obligatorio, sobre todo para los casos de vinculaciones de índole independiente.

Escuchar:

 

 

Texto: Luis Custodio

Foto: Ricardo Antúnez / adhocFOTOS