Tabacaleras deberán presentar declaración con cantidad de cigarros vendidos

El gobierno lo dispuso mediante decreto

27.10.2022 | tiempo de lectura: < 1 minuto

El gobierno dispuso que las compañías elaboradoras de productos de tabaco deberán presentar semestralmente una declaración jurada con la cantidad de unidades vendidas por mes de cada marca y tamaño.

El decreto establece que quedan comprendidos en la declaración los dispositivos electrónicos para la administración de nicotina que emplean una tecnología de tabaco calentado y que el incumplimiento de esta normativa facultará al Ministerio de Salud Pública a aplicar sanciones previstas en la ley 19.924.

La ordenanza, firmada por la presidenta en ejercicio, Beatriz Argimón, indica que resulta fundamental para el programa nacional para el control del tabaco disponer de información de mercado exacta a los efectos de monitorear la magnitud del consumo así como las pautas de consumo de tabaco en nuestro país.

El texto se fundamenta en el Convenio Marco, sobre reglamentación del contenido de los productos de tabaco y reglamentación de la divulgación de información sobre los productos de tabaco, que indica que se debería considerar la posibilidad de exigir a los fabricantes e importadores de tabaco que revelen con una periodicidad determinada, para cada marca dentro de una familia de marcas, información sobre el volumen de ventas en unidades (por ejemplo, el número de cigarrillos o cigarros, o el peso del tabaco para armar).

Texto: Carlos González – Foto: Pablo Vignali/AdhocFotos