Senado aprobó el proyecto de ley sobre Teletrabajo presentado por Carmen Sanguinetti

Será voluntario, reversible y con los mismos derechos y obligaciones

10.08.2021 | tiempo de lectura: 2 minutos

El Senado aprobó el proyecto de ley sobre Teletrabajo presentado por la legisladora Carmen Sanguinetti por 18 votos (del oficialismo) en 27. El Frente Amplio no acompañó el proyecto.

Se aprobó las regulación máxima de 44 o 48 horas semanales a convenir por las partes y el artículo 14 que garantiza el derecho a desconectarse o desenchufarse.

La senadora colorada Carmen Sanguinetti presentó esta propuesta al mes de iniciada la emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que Uruguay estaba “notoriamente rezagado en la materia, en comparación con los países desarrollados y también con los vecinos de la región”, explicó la legisladora en Informativo Uruguay.

El proyecto original de Sanguinetti fue aprobado en octubre del año pasado en el Senado, pero en la discusión de Diputados se presentaron otras dos iniciativas: una por parte del entonces diputado nacionalista Martín Lema y la restante por la bancada del Frente Amplio.

Esto llevó a que la discusión se extendiera y la redacción aprobada en diputados, debió ser enviada nuevamente al Senado para considerar las modificaciones.

El proyecto pretende brindar un marco legal para garantizar derechos y obligaciones a una forma ampliamente extendida en las relaciones laborales, agudizada por la pandemia.

La iniciativa comprende a los trabajadores privados o en relación de derecho público no estatal.

Depende exclusivamente de la aceptación del trabajador y es reversible, con determinadas condiciones.

Habilita la flexibilidad en cuanto al horario, establece un horizonte temporal semanal, y en lugar desde donde se realiza.

Asimismo, consagra el derecho de desconexión y limita la obligación de responder comunicaciones y órdenes, estableciendo un horizonte de “8 horas de descanso mínimo”.

Además, el proyecto establece que la protección social, salud y seguridad ocupacional es idéntica al trabajo presencial, y que el empleador debe otorgar herramientas y servicios necesarios para cumplir el trabajo, aunque habilita una instancia para acordar sobre esa materia.

Sanguinetti advierte que ese punto, seguramente, pase a estar incluido en la negociación colectiva.

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